¿Qué es una certificación del acta?
Una vez que tengas el acta de la junta general, para acreditar y asegurar el contenido de las actas de la junta, tanto las del consejo de administración como las de la junta general, se efectúan copias, totales o bien parciales del contenido de las actas.
Y estas copias, se llaman certificaciones, que sirven para describir la existencia de todo o bien de una parte del contenido de las actas.
¿Para qué exactamente necesito una certificación del acta?
La Ley muy frecuentemente, fuerza a que ciertos pactos aprobados en junta, deban anotarse en el Registro Mercantil (por poner un ejemplo, el depósito de cuentas anuales, la modificación de estatutos, el nombramiento de administradores…), y para elevar a público estos pactos, o sea para firmar un documento notarial, precisas una certificación del pacto o bien del acta que entonces se marcha a anotar en el Registro.
Y si eres un asociado, si bien no hayas asistido a la asamblea, puedes solicitar una certificación del pacto para saber todo cuanto ocurrió y se acordó en la junta. Y asimismo las personas a las que hayas dado autorización para representación en junta general, pueden solicitar una certificación de los pactos y del acta de la junta general.
¿Quién debe hacer la certificación?
El órgano de administración de la sociedad, es el responsable de producir y hacer las certificaciones. Y depende de de qué forma sea la administración de la sociedad, el responsable será:
si es un consejo de administración, el secretario del consejo debe hacer el certificado del pacto o bien certificación del acta, con el visto bueno del presidente o bien, en su caso, el vicepresidente del consejo
el administrador único
cualquiera de los administradores solidarios
si son administradores mancomunados, el que tengan el poder de representación
Ten presente, que para la inscripción de los pactos contenidos en una certificación, el cargo del administrador o bien del consejero que ha hecho la certificación debe estar anotado ya antes en el Registro mercantil o bien anotar su cargo de administrador al tiempo que el pacto que estás certificando.
¿Cuál es el contenido de la certificación?
Las certificaciones pueden recoger la transcripción textual del acta, un extracto o bien una parte de exactamente la misma o bien uno de los pactos adoptados. Si son pactos que se deben anotar en el Registro mercantil, deben recogerse de forma textual todas y cada una de las circunstancias del acta, como:
la data y sitio de celebración de la asamblea o bien de la junta
la data y la manera en que se ha hecho en anuncio de la convocatoria, salvo en el caso de junta universal
el texto total de la convocatoria o bien, si se tratara de junta universal, los puntos admitidos como orden del día de la sesión
lista de asistentes y el recuento del capital que representan las participaciones o bien acciones de los asociados asistentes
el contenido de los pactos adoptados
el resultado de las votaciones de los pactos, señalando las mayorías por los que se han adoptado los pactos
forma de aprobación y data del acta de la junta general
la data de la firma del acta