¿De qué manera puedo dirigir mi empresa?
Cuando hayas decidido que género de sociedad crearás, deberás escoger como deseas administrarla. Estos géneros de administración, son exactamente los mismos tanto para sociedades de responsabilidad limitada para sociedades anónimas, y sus especialidades como sociedad laboral o bien sociedad profesional. Decídete solo por una forma en tus estatutos, no puedes escoger 2 formas opciones alternativas, si bien entonces la junta puede mudar de forma de administración con la modificación de estatutos.
La administración de la sociedad puede hacerse mediante las próximas formas:
administrador único
administradores solidarios
administradores mancomunados
consejo de administración
Administrador único
Escoger que tu empresa o bien sociedad esté administrada por un administrador único, quiere decir que una sola persona va a tener la totalidad de las funciones de administración y representación de la sociedad, si bien asimismo puedes nombrar apoderados.
Nuestro consejo, es que si tu sociedad es pequeña, tipo familiar y en la que serás el único asociado o bien el asociado mayoritario y el dueño del negocio, escojas esta forma de administración. De esta manera la toma de resoluciones es más veloz, puesto que no debes contar con el pacto de absolutamente nadie para regentar tu sociedad.
Administradores solidarios
Si tu sociedad es un tanto más grande, y además de esto seréis múltiples asociados, te recomendamos que escojas esta forma de administración. Es una forma simple de organizar la administración de forma flexible y diligente para la toma de resoluciones.
Puedes nombrar múltiples administradores solidarios, no hay límite, si bien tampoco es bueno que existan muchos, mas por lo menos deben ser 2.
Con esta administración solidaria, todos pueden actuar y regentar la sociedad conjuntamente, mas asimismo de forma individual, que quiere decir que pueden efectuar gestiones sin precisar contar con el permiso o bien pacto de los otros administradores.
Administradores mancomunados
La administración mancomunada quiere decir que la administración o bien representación de la sociedad la tienen 2 o bien más administradores, mas su actuación siempre y en toda circunstancia es conjunta.
Cualquier acto interno o bien externo de la sociedad precisa el pacto y permiso de todos y cada uno de los administradores. Deben actuar todos juntos y firmar todos a fin de que el pacto o bien el contrato sea válido, las resoluciones las deben tomar de manera conjunta.
Esta forma, en ocasiones puede ser un tanto lenta para la realización de las gestiones cada día de la compañía, y es posible que haya enfrentamientos o bien disconformidades entre ellos. Mas asimismo da seguridad en el proceso de toma de resoluciones y respeta la igualdad entre los asociados, eludiendo que un asociado destaque o bien se imponga a otro.
Si serán más de 2 administradores mancomunados, se puede establecer y convenir en los estatutos, que el poder de representación y la administración se realice de manera conjunta por cuando menos 2 administradores mancomunados, de esta manera es más diligente la toma de resoluciones al día de la sociedad. Y de esta manera, si bien haya más de 2 administradores mancomunados, si recuerda en los estatutos, con la firma de 2 de ellos sería suficiente para efectuar las gestiones.
Consejo de Administración
El consejo de administración, es otra forma de administración de las sociedades que puedes seleccionar, si deseas que existan múltiples administradores. El consejo de administración debe estar formado por un mínimo de tres y un máximo doce consejeros.
Si tu sociedad va ser de un tamaño más grande, o bien una sociedad anónima, posiblemente desees seleccionar en tus estatutos esta forma. Ten presente, que es un órgano agremiado, que quiere decir que los pactos los tienen que tomar en común en asambleas periódicas y por norma general por mayoría.