¿Qué es una comunidad de recursos?
La comunidad de recursos existe en el momento en que una cosa o bien un derecho pertenece a múltiples personas al unísono, o sea en proindiviso. Y todos y cada uno de los dueños de ese patrimonio o común, se llaman comuneros.
Si por servirnos de un ejemplo tienes una residencia, una finca, un navío o bien un negocio, puedes formar y crear una comunidad de recursos, para regular la utilización de ese bien o bien explotación del negocio en común. Asimismo podéis adquirir una residencia o bien local para desarrollar el negocio, y este pertenecerá a múltiples personas, mas no se puede decir como parte concreta corresponde a cada uno de ellos, puesto que la cosa en cuestión pertenece a todos, sin división material de las partes. En un caso así, todos sois dueños del bien. La propiedad se puede tener por partes iguales o bien diferentes (que por servirnos de un ejemplo sería al cincuenta por ciento , treinta y cinco por ciento , veinte por ciento …), y esta participación en la propiedad lleva por nombre cuota.
Es una forma más fácil de formar un negocio y más asequible, puesto que no debes firmar un documento público frente a un Notario (escritura de constitución, a menos que se adquiera un inmueble), no hay que llevar contabilidad, ni libros ni presentar cuentas anuales.
Asimismo puedes formar una comunidad de recursos, para crear una compañía o bien hacer negocios, y de este modo conseguir ganancias o bien beneficios y dividirlos entre los asociados.
Con nuestro contrato de comunidad de recursos, vas a tener unos estatutos que te van a ayudar a regular el mantenimiento y el aprovechamiento de ese bien en común.
¿De qué forma creo mi comunidad de recursos?
Si la comunidad de recursos será sobre un bien o bien una propiedad, y aún no se ha comprado, la primera cosa que deberás hacer es adquirir o bien adquirir la residencia, finca, navío, turismo, etcétera, que vais a compartir y ver la parte o bien cuota que comprará cada uno de ellos.
En dependencia del bien, por servirnos de un ejemplo si es un bien inmueble la compra y venta se deberá hacer ante Notario y en escritura pública (documento notarial), para entonces presentarla en el Registro de la Propiedad y también anotar la finca a vuestro nombre. Consulta nuestra guía veloz Como adquirir un inmueble o bien una residencia.
Asimismo va a existir una comunidad de recursos, cuando se herede entre múltiples personas un bien como un inmueble o bien un derecho (como las participaciones sociales de una sociedad). Y siempre y en toda circunstancia es conveniente que se firmen unos estatutos para poder regular la utilización y mantenimiento de ese bien entre todos y cada uno de los herederos que ahora sois dueños.
En todos estos casos, te invitamos a que firmes un contrato con el resto de dueños o bien comuneros, para organizar el empleo y administración de la cosa común.
¿Para qué exactamente necesito crear mi comunidad de recursos?
Con nuestros estatutos, vas a poder regular los derechos y obligaciones de los dueños:
el empleo que se le dará a este bien (inmueble, finca, barco…)
Se puede convenir que el empleo sea para todos y cada uno de los dueños, y en un caso así, lo más apropiado es que se acuerde el empleo por turnos entre los asociados. Asimismo se puede acordar que el bien se destine a alquiler, o bien para efectuar un negocio.
el derecho a participar en las ventajas
Si por servirnos de un ejemplo el bien es un inmueble que se marcha a arrendar, todos y cada uno de los dueños van a tener derecho a repartirse la renta que se consiga con el alquiler, y repartirlo conforme su proporción o bien porcentaje de propiedad.
el derecho a dirigir el bien
Todos y cada uno de los participantes o bien dueños, tienen derecho a tomar decisiones por mayoría (más de la mitad), qué hacer con el bien, y como usarlo. Va a haber mayoría cuando más de los comuneros que tengan más de la mitad de las cuotas o bien porcentaje de propiedad voten a favor, por poner un ejemplo va a haber mayoría cuando el cincuenta y uno por ciento de cuotas de propiedad haya votado en favor de un pacto.
Te en cuenta, que si lo que se hará es una alquiler o bien alquiler largo, de múltiples años, eso puede implicar que los dueños ya no puedan usar la residencia o bien inmueble, y en un caso así, se precisa que el pacto y la resolución la tomen todos y cada uno de los dueños o bien comuneros, esto es se debe tomar unánimemente.
la obligación de contribuir y abonar los gastos del bien común
Para preservar el bien común, todos y cada uno de los dueños en proporción a su cuota o bien porcentaje de propiedad, asimismo deben abonar los gastos para preservar y sostener el bien común. Por poner un ejemplo, si es una residencia, deben abonar los gastos de comunidad de dueños, los impuestos, o bien hacer las obras de reforma precisas para sostener el bien en perfectas condiciones.
¿Qué puedo hacer si ya no deseo continuar siendo dueño de algo con otros?
Siempre y en toda circunstancia puedes vender tu cuota a otra persona puesto que eres dueño de esa porción o bien porcentaje sobre la cosa o común.
La primera cosa que debes hacer es ofrecer a otros comuneros o bien dueños, tu cuota o bien parte, por si acaso estuviesen interesados en adquirirla. Y si ningún asociado desea adquirirla, puedes venderla a cualquier otra persona que desee adquirir esa porción de tu propiedad.
Mas si no tienes a absolutamente nadie o bien ningún otro dueño (comunero) desea adquirir, siempre y en todo momento vas a poder solicitar la división de cosa común y cobrar tu parte.
Si eres comunero o bien dueño de un bien en comunidad de recursos, y deseas salir de ella, pregunta a un letrado para parar de ser dueño.