Archivos de Categoría: Civil

La deuda de alimentos

Es un derecho irrenunciable e intransmisible. Tampoco se puede compensar con lo que el alimentista deba al alimentante. Por alimentos se entiende todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica. Comprenden también la educación e instrucción del alimentista mientras sea menor de edad y aun después cuando no haya terminado […]

Orden de prelación para la reclamación de alimentos y distribución de su carga

El artículo 143 del Código civil establece que los sujetos de esta obligación son los cónyuges, los ascendientes y descendientes y los hermanos. Los hermanos sólo se deberán los auxilios necesarios para la vida y educación cuando los necesiten por causa no imputable al alimentista. Esta exigencia del Art. 143.2 determina los alimentos naturales, estrictos […]

Familia y parentesco

Por otra parte hay que diferenciar familia de parentesco, es un concepto útil que hay que identificar como concepto de familia extenso. Hay 3 tipos de parentesco: 1. Consaguinidad: Las personas que vienen del mismo tronco común. Puede ser directo (abuelo-hijo-bisabuelo-tataranieto) o colateral (mismo tronco común pero no son directo), ascendente/descendente. 2. Afinidad: Se origina […]

La familia

El Estado asume la intervención normativa de las familias dando soluciones a los conflictos nacidos en su seno. No existe concepto jurídico de familia, es un concepto prejurídico que se mueve al margen del Derecho. El legislador hace bien en no definirlo, la familia es un concepto temporal y contingente. Partimos de concepto de familia […]

El acogimiento familiar

El ACOGIMIENTO FAMILIAR, que regula el art. 173, la plena participación del menor en la vida de la familia, e impone a quien lo recibe las obligaciones de velar por el, tenerlo en su compañía, alimentarlo, educarlo y procurarle una formación integral. Formalización: Se formalizara por escrito, con el consentimiento: – de la entidad publica, […]

La guarda

La simple GUARDA, según el art. 172.2 CC será asumida por la entidad pública durante el tiempo necesario cuando lo soliciten los padres o tutores, que por circunstancias graves, no puedan cuidar del menor, o cuando así lo acuerde el juez en los casos en que legalmente proceda. El apartado 3 de este articulo se […]

Tutela legal

La tutela de los menores que se hallen en situación de desamparo, según el art. 172.1 CC, se atribuye por ministerio de la Ley a la entidad publica que en el respectivo territorio tenga encomendada la protección de los menores. Se considera como situación de desamparo la que se produce de hecho a causa del […]