¿En qué momento necesito un contrato de alquiler con opción de adquiere?
Si eres el dueño de una residencia o bien local alquilado y asimismo deseas venderlo, o bien si eres el inquilino y deseas tener la posibilidad exclusiva de decidir en un tiempo si por último compras el inmueble que tienes alquilado, precisas firmas un contrato de alquiler con opción a adquiere.
Esta capacitad exclusiva de decidir solo la va a tener el futuro comprador (optante) y se la otorga el vendedor (concedente).
Con este contrato de opción de adquiere, en un plazo específico, debes decidir si por último deseas o bien no adquirir.
Este contrato de opción de adquiere, regulará asimismo todas y cada una de las cláusulas del contrato de alquiler. Puedes tener toda la información sobre el alquiler de un piso en nuestra guía legal El alquiler de residencia.
El derecho a tomar decisiones adquirir o bien no adquirir puede ser gratis o bien no, y en un caso así hay que apuntar el coste de la opción.
¿En qué momento debo decidir si adquiero la propiedad?
La opción de adquiere debe tener un plazo determinado, recuerda que es preciso que se fije un plazo de duración del derecho a tomar decisiones o bien de la opción de adquiere. Si no está claro y bien señalado el plazo, el contrato podría no ser válido.
Para los contratos de alquiler con derecho a adquiere, la duración de la opción o bien derecho a tomar decisiones puede ser por la totalidad del plazo de duración pactado en el contrato de alquiler o bien por menos tiempo.
Antes que llegue ese plazo, deberás comunicar al dueño si deseas o bien no adquirir la residencia. Si llega el instante o bien plazo pactado, y el optante (inquilino) no comunica al dueño de la residencia que claramente desea adquirirla, el contrato de opción de adquiere va a quedar finalizado y sin efecto.
Asegúrate que tu pretensión terminante de adquirir llega a ser famosa por el dueño del inmueble, que debe percibir la comunicación antes que concluya el plazo fijado en el contrato.
Y si decido no adquirir ¿Pierdo el derecho a proseguir arrendando?
No necesariamente, va a depender de lo que acuerdes en tu contrato. Ten presente que son 2 contratos diferentes, por una parte el contrato de alquiler y por otra parte un contrato por el que el dueño le da el derecho a tomar decisiones al inquilino adquirir o bien no la residencia alquilada.
De ahí que, si bien el inquilino decida no adquirir la residencia, el alquiler puede proseguir actual si las 2 partes lo acordáis en el contrato.
¿Qué puedo hacer si el alquiler se acaba por incumplimiento de las obligaciones del inquilino?
Acuerda en tu contrato de alquiler con opción a adquiere, una cláusula en la que se acuerde que en el caso de terminación del contrato de alquiler por incumplimiento de las obligaciones del inquilino o bien por finalización del alquiler de acuerdo mutuo entre los 2, el contrato de opción a adquiere asimismo se concluya, y no tenga opción a adquirir.
Esta cuestión es fundamental, puesto que por servirnos de un ejemplo, si el inquilino decide desamparar la residencia y no proseguir el contrato, mas aún queda un año a fin de que pueda decidir si adquiere o bien no la residencia, si no incluyes esta cláusula de terminación del contrato de opción de adquiere cuando se acabe el contrato de alquiler, deberás aguardar un año sin venderle la propiedad a otro, pues el viejo inquilino tiene un derecho a decir si adquiere o bien no la residencia.