Tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida: principales claves

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#Contenido publicado 25 junio 2015. Actualizado 21 noviembre 2019.

A muchas personas les interesa conocer cuestiones relacionadas con las tarjetas de estacionamiento para personas con movilidad reducida, tales como quién las concede, qué derechos incluyen o dónde se pueden usar. En este artículo, desde Escobar Navarrete Abogados te damos las principales claves al respecto.

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Las tarjetas de estacionamiento concedidas por las administraciones públicas competentes tendrán validez en todo el territorio español sin perjuicio de su utilización en los Estados miembros de la Unión Europea, en los términos que los respectivos órganos competentes tengan establecido en materia de ordenación y circulación de vehículos.

En este sentido, se debe recordar que la recomendación de la Unión Europea es que todas las tarjetas de estacionamiento para discapacitados sigan un mismo modelo comunitario y uniforme.

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Los titulares de la tarjeta de estacionamiento tendrán los siguientes derechos en todo el territorio nacional siempre y cuando exhiban de forma visible la tarjeta en el interior del vehículo:

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Por otro lado, no hay que olvidar que la posesión de la tarjeta de estacionamiento en ningún caso supondrá autorización para estacionar en zonas peatonales, en pasos peatonales, en los lugares y supuestos en que esté prohibido parar, lugares que obstruyan vados o salidas de emergencia, zonas acotadas por razones de seguridad pública y espacios que reduzcan carriles de circulación.

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