¿Qué es la legítima y cómo se calcula?

estás en
Tiempo estimado de lectura: 1 min

#Contenido actualizado 29 abril 2019. Publicado 29 septiembre 2016.

La legítima de una herencia, como se explica en el Código Civil, es la porción de bienes de la que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados por esto herederos forzosos.

function replace() {
[native code] }

Pide AHORA una consulta GRATIS con Escobar Navarrete Abogados.

La legítima de una herencia es intocable, quiere esto decir que el testador no podrá imponer sobre la legítima, gravamen, ni condición ni sustitución de ninguna especie.

La única manera de privar al heredero forzoso de su legítima es desheredándolo si se diera alguna de las causas recogidas en el Código Civil y que desde Escobar Navarrete Abogados ya hemos señalado en otras ocasiones.

function replace() {
[native code] }

Por su parte, el heredero forzoso no puede renunciar a la legítima en vida del causante; de producirse esta renuncia sería nula. El Código Civil sanciona con nulidad absoluta el acuerdo entre el causante y su legitimario, así como la renuncia pactada antes de la apertura de la sucesión.

function replace() {
[native code] }

Ahora bien, la renuncia a la legítima producida tras el fallecimiento del causante una vez abierta la sucesión es válida, si bien se exige que la renuncia sea clara, rotunda y explícita para que surta efectos.

function replace() {
[native code] }

Ahora que ya sabemos qué es la legítima en una herencia, conviene saber quiénes son los herederos forzosos según la normativa española legal vigente. Según se establece en el artículo 807 del Código Civil, los herederos forzosos son:

Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes. (Debe entenderse por hijos tanto los biológicos como los adoptados, sin que exista discriminación alguna entre ellos.)

¿te ha resultado util?
no me gusta 0
Visitas: 18