¿Me pueden multar por usar el móvil mientras conduzco aunque no estuviera hablando?

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Al regular las obligaciones de los conductores, la normativa reguladora, establece que se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares.

Por tanto, la manipulación del móvil, al ser considerada como una disminución de la atención a la conducción, aunque no se establezca una comunicación con otro interlocutor, es decir, aunque no se esté hablando en ese momento, sería una infracción considerada grave, cuya sanción económica sería de 200 euros y que, además, llevaría aparejada la pérdida o detracción de 3 puntos del permiso o licencia de conducción.
En este sentido hay que tener en cuenta que, incluso, aunque el vehículo se encuentre detenido como consecuencia de un semáforo, o, cualquier otra señal que obligue a su detención, la manipulación del dispositivo móvil, sería considerada una infracción, puesto que la detención momentánea por indicativo de la señalización forma parte de la circulación y requiere de la plena atención por parte del conductor.
Por tanto, para hacer uso del móvil y manipular el mismo, dentro del coche, sin manos libres, se deberá realizar el estacionamiento del vehículo, llegando, incluso a apagar el motor, ya que de lo contrario, se estaría cometiendo una infracción.
Referencia legal

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