Estamos ante un delito público perseguible de oficio, esto significa que no está en manos de la víctima cerrar el proceso, si bien, puede solicitar en el Juzgado de Violencia sobre la mujer el archivo de las actuaciones y su renuncia a seguir ejerciendo acciones penales contra el agresor por estos hechos, anunciando que se acogerá a su derecho a no declarar contra la víctima.
Referencia legal
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