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¿Qué derechos tengo si me retiran la pensión de invalidez?

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#Texto revisado octubre 2015

Me han revisado la incapacidad permanente que tengo concedida hace dos años, ¿tiene la empresa obligación de reservarme el puesto de trabajo si me quitan la pensión?

En su caso, tendría que saber si la declaración de incapacidad permanente en grado total es firme, y es definitiva, o de probable revisión por mejoría.

La normativa vigente dispone en su artículo 48.2 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley, que en los casos en los que la incapacidad permanente sea firme y definitiva, no hay posibilidad de suspensión de contrato, y por tanto, no hay posibilidad de reincorporarse a la empresa, ya que la relación laboral queda extinguida.

Por consiguiente, sólo habría posibilidad de reincorporarse a la empresa, cuando la declaración de incapacidad suponga una suspensión de su contrato de trabajo, esto es, cuando la misma es de probable revisión por mejoría en un plazo de dos años.

De este modo, si ha transcurrido más de dos años desde que adquirió firmeza la declaración de incapacidad permanente en grado total, ya no existe el derecho a la reserva de puesto de trabajo, salvo que dicha reincorporación esté prevista en las normas convencionales u otras fuentes reguladoras de la relación laboral

Referencia legal

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