Si entendemos que en este caso estamos ante un supuesto de “no conformidad”, sería aplicable la normativa de garantías, según la cual, el cliente tiene derecho, en un caso así, a pedir la sustitución de la prenda o, de no haberla, la devolución del dinero.
Si por el contrario entendemos que no es aplicable la normativa de garantías valorando que el producto está en perfecto estado, solo sería posible el cambio en caso de que la política del establecimiento así lo permita. Para ello debe consultar las condiciones que ese vendedor tiene estipuladas en este sentido con sus clientes.
En cualquiera de los dos casos, para hacer valer la garantía o promover la devolución del producto, debemos disponer del justificante de compra que la acredite pues, en otro caso, el establecimiento no estaría obligado a admitir el producto de nuevo. Ese justificante no debe ser necesariamente una factura, siendo suficiente disponer de la llamada factura simplificada al tratarse de una compra realizada al por menor, por un consumidor y de cuantía que no excede de 3.000 €.
En caso de extravío del ticket, si hubiera realizado la compra mediante tarjeta bancaria podría tratar de negociar con el establecimiento que admitan como justificante el exhibir el cargo bancario realizado por quien fue el comprador. Más fácil sería la localización de la venta si se hubiera realizado la compra con una tarjeta cliente, si quedara registrado en la base de datos del vendedor la compra.
Referencia legal