Actualmente, el testamento es en ocasiones un trámite que la persona gestiona en vida, para que se asegure de que será posible administrar su dinero a un bien decidido por él. de ahí que, el día de hoy os hablamos de de qué manera hacer que una parte de nuestro legado sirva para un fin beneficioso. Hoy, os hablamos del legado solidario.

Un legado se puede dejar a una persona a elección, tanto  física como jurídica. Dentro de persona jurídica se encuentran las instituciones, públicas o bien privadas, encontrándose  incluidas  las ONGs: organizaciones no lucrativo. Deben de constar en el Registro de este género de Organizaciones.

En todo momento hay que respetar la cuota íntegra que pertenece a los herederos forzosos, que son a los que les corresponde la Herencia Lícita. Se puede legar a más de una organización, desde un turismo, un inmueble, las joyas, bien obras de arte, dinero o acciones.

Los requisitos para poder hacer el Testamento son:

Tener más de 14 años y en posesión plena de sus facultades en el momento en el que se efectúa el Testamento, indistintamente que después las pierda.

Tipos de Testamento

Testamento Abierto
Quien va a realizarlo, se presenta ante notario documentando debidamente su identidad mediante documento nacional de identidad, expresando a modo escrito o bien verbal, la última voluntad para repartir nuestros bienes. El notario redacta el documento y el testador firma si está conforme.

Testamento Cerrado.
El testador asiste al notario, presenta el documento de identidad y entrega un sobre con un contenido escrito en el que deja perseverancia a quien cede su testamento. Al notario le señalará el modo en el que está escrito, lo leerá y los dos firmarán.

Testameto Ológrafo.
Conforme el Código Civil, debe estar escrito, firmado y fechado, por puño y letra de quien va a testear. Debe de estar escrito sin tachones, anotaciones fuera de lugar o raspones. La letra y la firma deberán de ser las habituales.