Los delitos informáticos han crecido en la misma proporción que lo ha hecho la Red. La vulneración de los sistemas de seguridad y la invasión de la amedrentad de los usuarios por parte de terceros está a la orden del día. Dos son los tipos de criminales informáticos: los hackers y los crackers. Los primeros son aquellos que con la intención de probar sus habilidades, acceden a los equipos informáticos de los usuarios burlando sus sistemas de seguridad, generalmente sin pretensión de causar más daño. Los crackers, por su parte, también acceden a los equipos de manera ilegal pero con el fin, no solo de aprovecharse de la información que en ellos se guarde, sino también con la intención de modificarla o bien aun destruirla. Ambos comportamientos están tipificados en código penal como delitos informáticos dado que suponen una intromisión ilícita en ordenadores y sistemas extraños. En nuestro Código Penal, se llama delito informático a aquel que se comete utilizando cualquiera de los medios electrónicos o bien informáticos existentes, y contempla expresamente los siguientes: El espionaje industrial informático, previsto con la intención de resguardar los secretos empresariales. El descubrimiento y revelación de secretos o bien la vulneración de la amedrentad de las personas (correos electrónicos o bien detención en el envío de documentos). Las estafas informáticas, en las que se utiliza la Red como medio de comunicación anónimo. La alteración, destrucción o bien los daños en datos, programas o documentos electrónicos ajenos. En esta clase de delito se incluyen los actos de sabotaje contra aguantes electrónicos, o la introducción de virus diseñados para ocasionar daños en algunos casos irreparables. La pornografía infantil, que se ha visto favorecida exactamente por ese anonimato que da la red. Las injurias y las calumnias. Comunes en foros de discusión o bien e-mails. Los delitos contra la propiedad industrial e intelectual. Internet es uno de los medios más propicios para vulnerar este tipo de derechos (reproducción sin permiso de los contenidos que figuran en una web). En España se va a tratar de atajar estos con la nueva Ley Sinde. La dimensión de Internet es el primordial inconveniente con el que se encuentran las autoridades, no solo para descubrir el delito sino más bien para probar la implicación de los responsables del mismo.