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Renta o precio del alquiler

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La renta del alquiler
La renta es la cantidad que el arrendatario paga al arrendador por el alquiler del piso o local. En España, el precio o renta puede ser negociado libremente entre arrendador y arrendatario. Este precio dependerá de varios factores. Ten en cuenta donde se encuentra el piso o local, su ubicación, los metros cuadrados que tiene, si tiene garaje, etc. En Internet puedes encontrar numerosas páginas web que te ayudan a conocer aproximaciones de precios de alquiler. En las grandes ciudades, por ejemplo, cuanto más cerca este el inmueble del centro de la ciudad mayor será el precio a pagar por el uso del mismo.
¿Cuándo y dónde debe pagarse el precio del alquiler?
Legalmente se establece que el pago de la renta es mensual y debe realizarse en los 7 primeros días del mes, aunque el arrendador y arrendatario pueden pactar otra cosa. Por eso, podrás acordar que el pago de la renta sea quincenal, trimestral, semestral o anual, o fuera de los 7 primeros días de cada mes. El lugar y el procedimiento para el pago también lo podrás acordar libremente y si no se establece nada en concreto, será en efectivo y en la vivienda o local arrendado. La forma de pago más habitual es la transferencia bancaria. Además, el arrendador está obligado a entregar al arrendatario un justificante o recibo de alquiler, siempre que no quede acreditado que se ha pagado el precio de otra manera, por ejemplo, con el resguardo del ingreso bancario. El recibo de alquiler o documento acreditativo del pago es indispensable para que el inquilino o arrendatario pueda demostrar que se ha realizado el pago.
¿Qué incluirá la renta?
Para evitar sustos innecesarios asegúrate de que el contrato de arrendamiento establece exactamente qué se incluye en el pago de la renta. Determinar qué gastos quedarán cubiertos por el pago mensual que recibe el propietario, que cantidades se compromete contractualmente a pagar el inquilino. El recibo de alquiler debe contener separadamente las cantidades abonadas por los distintos conceptos de los que se compone la totalidad del pago, y específicamente, la renta. Debe constar por separado la renta, los impuestos (IBI, tasa de recogida de basuras), los servicios y suministros (agua, electricidad, gas, calefacción, etc.), los gastos de la comunidad de propietarios, las obras, y los impuesto como el IVA.
Además, tienes que tener en cuenta que para que la renta del contrato refleje la realidad del mercado y puedas elevar o bajar el precio cada año, se establece un mecanismo de actualización de rentas. Consulta nuestra guía rápida Actualización renta para saber más sobre ello.

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