¿Qué tiempo tengo que esperar para cobrar el finiquito?

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La ley no establece ningún plazo para recoger el finiquito y en todo caso, hay que estar al tipo de extinción de su contrato.

Si la relación laboral se extingue por tu propia voluntad, es frecuente que en el escrito de baja voluntaria pongas un determinado plazo para que el empresario proceda a realizar la propuesta del documento de liquidación de las cantidades que te adeude, tales como los salarios pendientes hasta la fecha de extinción, la parte proporcional de pagas extraordinarias y las cantidades correspondientes a las vacaciones no disfrutadas.

Si, transcurrido dicho plazo el empresario no tiene preparada la propuesta de liquidación, podrás ejercitar tu acción para reclamar las cantidades ante el organismo competente de Mediación, Arbitraje y Conciliación. Al ser una reclamación de cantidad, el plazo es de 1 año desde el momento en que debiste recibirlas.

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Si la relación laboral se extingue por denuncia del empresario, este deberá notificárselo por escrito entregándole certificado de empresa y documentos de cotización, para que el trabajador pueda solicitar, en caso de que proceda, la prestación por desempleo y una propuesta del documento de liquidación de las cantidades que le adeude, al comunicarle la denuncia del contrato o, en su caso, el preaviso de extinción.

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