Para adelantar a un grupo de ciclistas ¿Puedo invadir el carril contrario?

estás en
Tiempo estimado de lectura: 1 min

Efectivamente, la Ley de Seguridad Vial además de referirse a la posibilidad de ocupar parte o la totalidad del carril contiguo, también indica expresamente, que se podrá utilizar el carril contrario. En cualquier caso, se deberá guardar una anchura de seguridad o separación lateral, de, al menos, un metro y medio respecto al ciclista o respecto al grupo de ellos.

Además también se ha prohibido adelantar a cualquier vehículo cuando la maniobra ponga en peligro o entorpezca a ciclistas que circulen en sentido contrario, es decir, que vengan de frente, incluso aunque esos ciclistas circulen por el arcén.

En este sentido tampoco hay que olvidar que, incluso, el código penal considera delito el conducir un vehículo a motor o un ciclomotor con manifiesta temeridad y poniendo en peligro la vida o la integridad de las personas, por lo que, un conductor que no respetase las normas de adelantamiento, si se produjesen otros hechos concurrentes, como por ejemplo un accidente, podría ser castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años.

Finalmente, debemos recordar que los conductores de bicicletas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor:

Referencia legal

¿te ha resultado util?
no me gusta 0
Visitas: 9