La comunicación de créditos a un concurso de acreedores

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Cómo reclamar tu crédito si la empresa deudora está en concurso de acreedores
Si te has enterado de que la empresa deudora ha presentado un concurso de acreedores, tienes que reclamar el dinero que te deben en el procedimiento concursal. No puedes presentar tú una demanda directamente en el Juzgado. Desde que la empresa o empresario entra en el concurso de acreedores, todas las reclamaciones de las deudas, se tienen que hacer a través del concurso.
Lo primero que tienes que hacer es comprobar que la sociedad o empresa, ha presentado el concurso y que se ha iniciado, puedes consultar si la empresa está en concurso en el Registro público concursal.
Aunque lo normal, es que recibas una comunicación de la administración concursal, informándote que la empresa que te debe el dinero ha sido declarada en concurso, y tienes que comunicar al concurso el importe y todos los datos de la deuda, este escrito, se llama comunicación de créditos.
¿A quién tienes que enviar el escrito comunicando tu crédito?
El escrito comunicando tu crédito lo tienes que enviar al administrador concursal (no al juzgado), bien a la dirección de correo electrónico que te haya facilitado la propia administración al comunicarte que la empresa estaba en concurso, o al domicilio que te hayan indicado. Una vez que la administración concursal reciba el escrito, te incluirá en la lista de acreedores.
¿Cuándo tienes que informar que la empresa del concurso te debe dinero?
Cuando la empresa entra en concurso, el juzgado dicta una resolución judicial que se publica en el BOE (Boletín Oficial del Estado). Para saber la fecha exacta en que se ha publicado, puedes consultar el Registro público concursal, pero lo más seguro es que esta fecha te aparezca en la comunicación que te ha enviado la administración concursal.
Es muy importante, que envíes esta comunicación en el plazo de un mes, desde que se haya publicado en el BOE la resolución judicial del concurso de la empresa que te debe el dinero. La fecha clave, es esta, no la fecha en que recibes la comunicación de la administración concursal.

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