Ir en moto sin casco: ¿cuáles son las consecuencias legales?

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#Actualizado 2 septiembre 2019. Publicado 1 julio 2016.

Es de sobra conocido por la mayoría de nosotros que ir sin casco en una moto puede acarrear serios perjuicios, tanto para nuestra seguridad vial como ante la ley. Pero ¿sabemos en qué consisten exactamente estas consecuencias legales?

En este artículo, desde Escobar Navarrete Abogados te explicamos las principales medidas que se toman ante esta imprudencia de circulación, para despejar cualquier duda que puedas tener al respecto.

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Lo primero que se debe indicar es que la circulación en moto, sin hacer uso del casco obligatorio, ya sea por parte del conductor, o bien, por parte del pasajero, supone la comisión de una infracción, considerada grave, que supondrá una sanción de multa de hasta 200 euros, así como la pérdida de tres puntos del carné.

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La ley es clara al respecto, si el pasajero va sin casco, es responsabilidad del conductor, ya que, en el caso de que una persona se niegue a llevarlo, lo correcto es que el conductor no acepte llevarla como pasajera en la moto. Esto significa que el conductor será el destinatario de cualquier sanción por parte de las autoridades.

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Además de la correspondiente multa, no usar casco de protección en una motocicleta, tanto si somos el conductor como si vamos en el lugar del pasajero, significa que las autoridades pueden inmovilizar la moto, como indica nuestra Ley de Seguridad Vial.

La ley permite, incluso, que los agentes indiquen al conductor del vehículo que continúe circulando hasta el lugar designado por ellos para inmovilizar la motocicleta.

No obstante, hay que tener en cuenta que, además de la inmovilización, los agentes podrán acordar, incluso, la retirada y depósito de la moto.

Esto puede ocurrir, por ejemplo, si la moto constituye un peligro, cause graves perturbaciones a la circulación o peatones, o si deteriorase algún servicio o patrimonio público.

Los gastos que se originen como consecuencia de esa inmovilización o depósito, serán por cuenta del conductor que cometió la infracción o, en su defecto, del propio titular de la moto si no fuese la misma persona.

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