¿Es posible evitar el procedimiento de desahucio por impago de la hipoteca?

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El acreedor hipotecario (generalmente un banco) puede elegir en caso de impago de la hipoteca entre 4 distintos procedimientos para ejecutar su crédito hipotecario:

Sea cual sea el procedimiento de desahucio elegido por el acreedor, hay dos normas que, sin alterar el procedimiento de ejecución hipotecaria, impiden que se proceda al lanzamiento y por tanto al desalojo de su vivienda habitual a personas pertenecientes a determinados colectivos:

Estas normas afectan a cualquier proceso judicial de ejecución hipotecaria o venta extrajudicial por el cual se adjudique al acreedor la vivienda habitual de personas pertenecientes a determinados colectivos.

La fuerte crisis económica ha ocasionado que muchas familias, que firmaron una hipoteca para comprar su vivienda, hayan visto como, ante la imposibilidad de pagar las cuotas, podrían perderla cayendo en una situación de exclusión social y encontrarse ante un procedimiento de desahucio.

De forma temporal y excepcional podrán “ganar” algo de tiempo, y recuperarse económicamente, evitando durante ese tiempo el desahucio y pudiendo conservar su casa hasta el 15 de mayo de 2017.

En las ejecuciones hipotecarias, el resultado final, lamentablemente para el deudor no suele acabar con la pérdida de la vivienda por el procedimiento de desahucio. Los gastos e intereses que se generan durante el procedimiento en la inmensa mayoría de los casos suponen para el deudor quedarse además con una deuda con el banco. Otra de las medidas previstas para estos deudores en riesgo de exclusión social en la norma consiste en que la deuda que no haya podido ser cubierta con la vivienda habitual devengue como interés de demora solo el resultante de sumar a los intereses remuneratorios un dos por cien sobre la deuda pendiente.

Para poder acogerse a esta medida, deberán cumplirse requisitos de dos tipos:

1. Subjetivos. Los colectivos sociales que van a poder acogerse son:

2.- Económicos. Las familias que se acojan a esta suspensión deberán cumplir una serie de requisitos económicos entre los que destacan los siguientes:

Referencia legal

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