En caso de sufrir una agresión física por parte de mi pareja ¿Cómo debo actuar?

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En primer lugar tiene que acudir a un centro médico para que valoren sus lesiones y el médico emita un informe o parte inicial de lesiones que indique las lesiones que presenta y el tratamiento médico que ha de aplicarse para su curación. Con ese informe médico puede denunciar los hechos ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o ante el Juez de guardia. Desde ese momento ya es posible solicitar una orden de protección que impida al agresor acercarse a usted, a su domicilio o a su lugar de trabajo a menos de la distancia que el Juez determine –habitualmente quinientos metros- y que impida al imputado comunicar con la víctima por cualquier medio. Si el imputado incumple esta medida cautelar de alejamiento estará cometiendo un delito de quebrantamiento de medida cautelar que se podrá denunciar de nuevo.

Una vez denunciados los hechos, la propia policía le citará para el acto del juicio rápido probablemente al día siguiente de interponer su denuncia, donde el Juez de Violencia sobre la mujer, después de escuchar en declaración tanto al agresor como a la víctima, acordará si procede o no adoptar la orden de alejamiento solicitada y continuará en la tramitación del proceso penal contra el agresor celebrando el acto del juicio rápido.

Presentadas las calificaciones provisionales de los hechos tanto por la acusación –o acusaciones si la víctima ejerce también la acusación particular asistida por un letrado- como por la defensa, se remitirán las actuaciones al Juzgado de lo Penal competente y todas las partes serán citadas al acto del plenario o juicio oral.

Referencia legal

La Fundación Escobar Navarrete Abogados ofrecerá asesoramiento legal, confidencial y gratuito a las víctimas de maltrato

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