¿Cuándo se recuperan los puntos si ha habido más de una sanción?

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¿Cuándo se recuperan los puntos si ha habido más de una sanción?, ¿El tiempo se calcula desde que se produjo la primera sanción o se calcula desde la fecha de la segunda sanción disciplinaria?

El plazo que establece la ley de dos años para las sanciones graves o de tres años para las sanciones muy graves se cuenta desde que nos notifican la última resolución administrativa de la multa con pérdida de puntos. Imaginemos que el día uno de enero de dos mil trece nos ponen una multa y la resolución sancionadora es firme el uno de febrero del mismo año.

Si en dos años –sanción grave- o tres años –sanción muy grave- no nos volvieran a imponer una multa con pérdida de puntos, recuperaríamos automáticamente los puntos que nos han retirado. Ahora bien, si durante ese plazo nos volvieran a sancionar con pérdida de puntos, desde la notificación de la resolución administrativa de esa segunda multa con pérdida de puntos habría que empezar a contar otra vez un único plazo de dos o tres años –en función de la gravedad de la sanción- sin cometer nuevas infracciones con pérdida de puntos, y recuperaríamos los puntos retirados.

El problema puede surgir si vamos acumulando sanciones con pérdida de puntos y finalmente perdamos los doce puntos legalmente asignados, en cuyo caso ya no podríamos conducir sin incurrir en delito. Siempre es posible realizar cursos de recuperación parcial de puntos: podemos hacer un curso cada dos años para conseguir recuperar como máximo seis puntos por curso

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