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¿Cómo se si estoy en una lista de morosos?

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La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su Real Decreto de desarrollo, establece que cuando una persona es incluida en un registro de morosos se debe comunicar de manera fiable al afectado en un plazo máximo de 30 días tal inscripción, para que este pueda ejercer los derechos de información, rectificación y cancelación.

El problema en la práctica es que esa notificación a menudo no llega a los interesados y estos se enteran de su inclusión en alguno de los registros cuando solicitan un préstamo a una entidad bancaria o pretenden la compra de algún bien financiando su adquisición.

Si se sospecha que puede estar incluido en algún fichero de esta naturaleza, el afectado debe dirigirse por escrito al responsable de dichos ficheros para ejercer su derecho de acceso, teniendo en cuenta que este derecho se debe ejercer de forma personal acompañando copia de su DNI, aunque también puede ejercerse a través de un representante legal.

El responsable del fichero de morosidad al que se ha ejercido el derecho está obligado a responder en el plazo de un mes a contar desde la recepción de la solicitud y remitir por correo la información a la dirección facilitada en los 10 días siguientes. En caso de no obtener respuesta en el citado plazo, se podrá solicitar la tutela de la Agencia Española de Protección de Datos.

Referencia legal

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