La cédula de habitabilidad ha venido siendo en la Comunidad de Madrid, el documento administrativo que reconocía el cumplimiento de los requisitos mínimos de habitabilidad, entendiendo por tales las condiciones técnicas e higiénico-sanitarias que deben cumplir las viviendas, habiéndose desarrollado en multitud de fases correcciones y actualizaciones de la misma, lo que ha producido una normativa dispersa que regula el régimen jurídico de las cédulas de habitabilidad.

Ello unido a la incipiente corriente de simplificación de procedimientos y al estudio realizado por la propia Comunidad de Madrid donde se puso de manifiesto la posible invasión de competencias municipales, así como la duplicidad de controles administrativos ante la ya también existente Licencia de primera ocupación, han determinado establecer un marco jurídico estable suprimiendo la Cédula de Habitabilidad, que se ha visto reflejado materialmente en el proyecto de decreto publicado por el mencionado gobierno y que se encuentra ahora mismo en fase de alegaciones.

Dicha decisión se ha tomado basándose en los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia que rigen la esfera Administrativa, suponiendo además una descarga administrativa necesaria para los ciudadanos, y a la que el gobierno ha decidido atender, cercando un marco normativo en el que el control de las garantías y requisitos de vivienda y construcción sea llevado a cabo por los entes municipales.

Por lo tanto, habrá que atender a la fecha efectiva en la que se de validez a dicha decisión, que sin duda alguna supondrá un ahorro económico y material en las operaciones de vivienda realizadas a lo largo y ancho de la Comunidad de Madrid.

Esta cédula de habitabilidad sigue existiendo en otras comunidades, como Andalucía, donde sigue existiendo la llamada licencia de primera ocupación. Si necesita ayuda para obtener la licencia de primera ocupación de su vivienda, pueda contactar con nuestro despacho de Abogados en Almería, y podremos asesorarle.